Tras 11 horas de audiencia, el exsecretario de Seguridad Pública de Michoacán, Juan N, fue vinculado a proceso la madrugada de este jueves por el delito de abuso de autoridad, cometido contra la periodista Dalia Villegas Moreno el pasado 2 de noviembre, y se le establecieron medidas cautelares.
En el Centro de Justicia Penal Federal en Michoacán, el juez Miguel Ángel Henríquez Rodríguez presidió la continuación de la audiencia inicial dentro de la causa penal 501/2025 en contra del exfuncionario. Tras emitir la vinculación a proceso a las 4:19 de la madrugada, a solicitud de la Fiscalía General de la República autorizó 2 meses para la investigación complementaria, que deberá cerrarse el 16 de junio.
Debido a inconsistencias en el armado de la carpeta, la Fiscalía Especial para la Atención de los Delitos Cometidos contra la Libertad de Expresión (FEADLE), de la Fiscalía General de la República (FGR) que lleva el caso, sólo logró la vinculación de Juan N. en uno de los tres delitos que le imputaba, por los que el exfuncionario se libró de hacer frente a los de intimidación y robo calificado.
La asesoría jurídica de la periodista Dalia Villegas Moreno, solicitó que el proceso se realice con perspectiva de género, petición que fue rechazara por el juez de control.
Respecto al abuso de autoridad, el juzgador consideró que el delito sí se configura, al advertir que en los hechos ocurridos el 2 de noviembre en Palacio de Gobierno, cuando la periodista documentaba una intervención policial ante una protesta, hubo violencia y vejación de forma ilegítima, sin justificación, ya que la comunicadora no incurría en delito alguno al momento en que fue impedida de grabar con su celular.
Sobre la probable responsabilidad, la autoridad jurisdiccional señaló que existen datos suficientes para acreditar la participación de Juan N en los hechos, en coautoría y codominio delictivo, al actuar en conjunto con otros elementos y omitir intervenir para evitar la agresión, la cual además fue calificada por el juez como dolosa.
En cuanto al delito de robo calificado grave, la defensa del imputado, encabezada por un exjuez, argumentó que no había elementos para acreditar el ánimo de apropiación del teléfono celular, es decir, la intención de incorporarlo a su patrimonio. El juez coincidió con este planteamiento.
Según el resolutor, si bien se acreditó que se impidió a la reportera grabar los hechos, no existen pruebas ni de la sustracción del dispositivo, ni de que esto tuviera como finalidad quedarse con él o eliminar información.
Henríquez Rodríguez también descartó el delito de intimidación, al considerar que no se presentaron elementos suficientes para acreditar que la periodista estuviera recabando evidencia con el propósito de denunciar a los policías por posibles conductas indebidas.
A petición del Ministerio Público, el juez impuso medidas cautelares consistentes en la prohibición al exsecretario de Seguridad de acercarse a la periodista. Si bien no se le restringió salir del país, se le advirtió que deberá comparecer puntualmente a cada citación judicial, bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, podría enfrentar el proceso bajo prisión preventiva.
Con esta resolución, el proceso penal avanza únicamente por abuso de autoridad, mientras corre el plazo para la investigación complementaria, etapa en la que se definirá si el caso reúne los elementos para ser llevado a juicio.

