Buscan castigar la apología del delito en Michoacán con penas de hasta 3 años de prisión

La Secretaría de Seguridad Pública podría intervenir para dispersar reuniones donde se cometa este delito

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La apología del delito busca convertirse en un tipo penal en Michoacán, bajo la presentación de la iniciativa con proyecto de decreto del diputado independiente por Uruapan, Carlos Alejandro Bautista Tafolla, quien la llevará al pleno en la sesión ordinaria del próximo jueves 10 de abril.

El legislador independiente busca modificar el Código Penal para el Estado de Michoacán, así como la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán.

Bautista Tafolla refiere que en Michoacán y en el país la juventud está siendo desviada por caminos incorrectos, donde la violencia en todas sus expresiones prácticamente se ha normalizado.

Destacó que la apología del delito es un tema serio que debe tener consecuencias legales y planteó que los artistas, grupos musicales, líderes de opinión y toda la población debe tener una gran responsabilidad al manifestar sus ideas para promover mensajes y valores.

La apología del delito la vemos manifestada en muchas formas diariamente, basta escuchar conversaciones de jóvenes y no tan jóvenes, para percatarnos de ello. 

Sin embargo, la apología del delito no solo es un problema moral y ético, también es un delito que se encuentra tipificado en el Código Penal Federal y a través de esta iniciativa pretendemos tipificarlo en nuestro Código Penal, como un tipo penal que merezca prisión a quien lo cometa.

La iniciativa que se presentará esta semana también faculta a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado para intervenir ante la comisión de este delito, dispersando aglomeraciones y terminándooslas con las promociones de ilícitos.

En este sentido, es fundamental que como legisladores y legisladores demos las herramientas a las instituciones de procuración de justicia y de seguridad pública para que actúen, además como sociedad sigamos promoviendo la cultura de la paz en cada uno de nuestros distritos.

De este modo, con la adición del Capítulo VI del Título Cuarto y el artículo 163 Ter. al Código Penal para el Estado de Michoacán, al que provoque en conciertos, jaripeos, bailes, aglomeraciones, actos, eventos, reuniones, redes sociales, medios de comunicación o en cualquier tipo de expresión  a cometer un delito; así como que incentive, promueva o incite al consumo de sustancias ilícitas o bien muestre imágenes de algún personaje o grupo criminal, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión.

Mientras que, al adicionar la fracción V bis al artículo 106 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán, los elementos de las instituciones policiales tendrán las atribuciones de dispersar las aglomeraciones de personas en las que se esté cometiendo apología del delito.

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