Con 27 votos a favor de los 40 diputados del Congreso del Estado, en Michoacán ya es un delito compartir fotos, audios o videos que capturen la intimidad sexual de las personas sin sin su consentimiento.

Pasar “el pack” de alguien tendrá un castigo de cuatro hasta ocho años de cárcel, gracias a la aprobación de la modificación del artículo 195 del Código Penal de Michoacán que sanciona la violencia digital a la intimidad sexual.

De acuerdo a la recién aprobada ley, este delito puede ser cometido por tres sujetos; el que capture en imagen, audio o video la intimidad sexual o genital de una persona sin su consentimiento; quien solicite dichas imágenes, audios o videos; y quien obtenga imágenes, audios o videos y sin la autorización correspondiente los publique, comparta con un tercero o amenace con compartirlos o publicarlos.

Pero no es todo, este delito además de la prisión contempla multas que van de los mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) -$84.49 pesos en 2019- y lo mismo para el pago de la reparación del daño a la víctima.

Hoy Michoacán se sumó a Puebla, Yucatán, Ciudad de México, Oaxaca, Nuevo León, Querétaro, Baja California Sur, Aguascalientes, Estado de México, Guerrero, Coahuila, Chiapas, Zacatecas, Veracruz, Guanajuato y Tlaxcala, estados que ya tipificaron este delito que atenta contra la mujer principalmente pero que se ha convertido en un instrumento de extorsión y exposición entre la sociedad.

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